1. Indemnización por Despido sin Justa Causa:
Según el Artículo 91 de la Ley 213/93, en caso de un despido sin justa causa por parte del empleador, la indemnización a pagar al trabajador se calcula de la siguiente manera:
Indemnización = 15 salarios diarios × Años de servicio (o fracción de seis meses)
Ejemplo: Si un trabajador ha prestado sus servicios durante 3 años , la indemnización sería: Indemnización = 15 salarios diarios × 3 años = Total por los 3 años
2. Preavisos:
De acuerdo con el Artículo 87 de la ley, los preavisos varían según los años de antigüedad:
a) Hasta 1 año de servicio: 30 días de preaviso.
b) Más de 1 y hasta 5 años de antigüedad: 45 días de preaviso.
c) Más de 5 y hasta 10 años de antigüedad: 60 días de preaviso.
d) Más de 10 años de antigüedad: 90 días de preaviso.
Ejemplo: Si un trabajador con 7 años de antigüedad renuncia, el preaviso sería de 60 días.
3. Vacaciones Proporcionales:
El Artículo 218 establece los plazos de vacaciones proporcionales según la antigüedad:
a) De 1 Hasta 5 años de antigüedad: 12 días corridos.
b) Más de 5 y hasta 10 años de antigüedad: 18 días corridos.
c) Más de 10 años de antigüedad: 30 días corridos.
Ejemplo: Un trabajador con 3 años de servicio tendría derecho a 12 días de vacaciones proporcionales.
4. Aguinaldo Proporcional:
El Artículo 244 indica que al dejar el servicio, ya sea por renuncia o despido, el trabajador recibirá la parte proporcional del aguinaldo devengado hasta ese momento.
5. Descuentos:
En el cálculo de la liquidación, es importante considerar descuentos como adelantos de salario, contribuciones al IPS y otros posibles descuentos.
6. Cálculo del Salario Diario y Liquidación:
Finalmente, para completar la liquidación, se debe calcular el salario diario y multiplicarlo por los días trabajados en el mes. Suma las indemnizaciones, preavisos, vacaciones proporcionales y aguinaldo proporcional, y luego resta los descuentos aplicables.
¡Esperamos que esta guía te haya ayudado a comprender mejor el cálculo de indemnización, preavisos y otros elementos esenciales en la liquidación laboral en Paraguay según la Ley 213/93! Recuerda que es crucial consultar con un experto en derecho laboral para asegurarte de aplicar correctamente estas disposiciones.